Todo sobre los permisos retribuidos en el sector de las VTC andaluz
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Todo sobre los permisos retribuidos en el sector de las VTC andaluz
Para todo profesional VTC, conocer los derechos laborales no es solo una cuestión de información, sino de dignidad y protección familiar. Desde el Sindicato Profesional VTC, somos conscientes de que las jornadas maratonianas y la exigencia del trabajo muchas veces dificultan la conciliación y el descanso que por derecho nos corresponde. Por ello, hemos elaborado esta guía detallada sobre los permisos retribuidos, desglosando día a día lo que establece el Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros en Vehículos Turismos de Andalucía (VTC) y su articulación con el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) y las recientes actualizaciones legislativas en materia de conciliación (como las introducidas por el Real Decreto-ley 5/2023).
¿Qué es un permiso retribuido y cómo se gestiona?
Un permiso retribuido es el derecho que tiene el conductor a ausentarse de su puesto de trabajo manteniendo el derecho a la remuneración, siempre que medie aviso previo a la empresa y posterior justificación documental.
Notifica siempre a la empresa por escrito (vía e-mail, burofax o aplicación corporativa)en cuanto tengas conocimiento de la necesidad del permiso, y conserva copia del justificante oficial (parte médico, certificado de asistencia, libro de familia, etc.).
Los días de permiso retribuido por enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de familiares se cuentan como días hábiles (no computan los días dedescanso ni festivos), según jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo.
Desglose de permisos retribuidos según la normativa vigente
1. Matrimonio o registro de pareja de hecho
Duración: 15 días naturales continuados.
Marco legal: Art. 37.3.a del Estatuto de los Trabajadores y Convenio de VTC.
Detalle: Tienen derecho tanto las bodas como la inscripción formal en el Registro de Parejas de Hecho de la Junta de Andalucía o ayuntamiento correspondiente.
2. Accidentes o enfermedades graves, hospitalización o intervención quirúrgica
Duración: 5 días hábiles.
Cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el 2o grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, abuelos, hermanos, nietos, suegros, yernos/nueras,cuñados).
También incluye a cualquier persona distinta de las anteriores que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y requiera el cuidado efectivo.
Detalle: Si el familiar sigue ingresado o requiere reposo domiciliario acreditado, el conductor puede distribuir el disfrute de estos días mientras dure la situación causante.
3. Fallecimiento de familiares
Duración: o 2 días naturales si ocurre dentro de la misma provincia. o 4 días naturales si se requiere desplazamiento a otra provincia o comunidad autónoma.
Aplica a: Familiares hasta el 2o grado de consanguinidad o afinidad. Si se trata del cónyuge o pareja de hecho, el Estatuto de los Trabajadores eleva el permisoa 2 días hábiles ampliables según convenio.
4. Traslado del domicilio habitual (Mudanza)
Duración: 1 día natural.
Requisito: Justificante del cambio de domicilio (contrato de alquiler, empadronamiento o recibo de mudanza).
5. Cumplimiento de un deber público e inexcusable
Duración: El tiempo indispensable.
Ejemplos: Citaciones judiciales, votación en mesas electorales, renovación de documentos oficiales imposibles de realizar fuera de la jornada laboral.
8. Permiso por nacimiento y cuidado de menor (Paternidad /Maternidad)
• Duración: 16 semanas (ampliables en caso de parto múltiple o discapacidad del menor).
¿Cómo se distribuye? O Primeras 6 semanas: Obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa inmediatamente después del parto o resolución judicial/administrativa. o 10 semanas restantes: Voluntarias. Se pueden disfrutar de forma acumulada o interrumpida, en periodos semanales, durante el primer año de vida del hijo/a (previa negociación y preaviso a la empresa con 15 días de antelación).
Cobro y cuantía: Lo paga la Seguridad Social (no la empresa) y equivale al 100% de la base reguladora por contingencias comunes. Además, estas prestaciones están exentas de IRPF.
Garantía: Durante la suspensión por nacimiento, el puesto de trabajo está blindado por ley. La empresa no puede despedir ni tomar represalias contra el trabajador por ejercer este derecho.
Desde el Sindicato Profesional VTC velamos por el cumplimiento estricto del convenio y la ley en todas las bases y flotas de Andalucía. Ninguna empresa puede sancionar ni descontar salario por el uso legítimo de un permiso retribuido debidamente notificado.
Si tu empresa te deniega un permiso, exige recuperar las horas o te solicita justificantes abusivos que vulneran la protección de datos de tus familiares, ponte en contacto con el Sindicato Profesional VTC. Tus derechos no se negocian, se ejercen.
